CD. VICTORIA, TAM.- Porque la cobranza extrajudicial que llevan a cabo desde despachos de abogados hasta cobradores de INFONAVIT son una pesadilla para quienes enfrentan problemas de este tipo, la presidenta de la Comisión de Justicia en el Congreso del Estado, considera que la pena de cárcel y multas hasta de 300 mil pesos a los acosadores es un beneficio para la sociedad.
“En tiempos de crisis la gente no deja de pagar lo que debe por gusto, son muchas circunstancias y la verdad es un terror a domicilio lo que viven por parte de los despachos de cobranza, que a toda hora sea de día o de noche se dan a la tarea de acosar y amenazar vía telefónica o mediante mensajería, lo que acaba de suceder de imponer pena de cárcel y multas considerables son de gran beneficio”.
Cabe señalar que a nivel federal los diputados acaban de aprobar que la cobranza extrajudicial ilegal pueda ser sancionada hasta con cuatro años de prisión y multa de hasta 300 mil pesos.
“Se entiende por cobranza extrajudicial ilegal el uso de la violencia o la intimidación, ya sea personalmente o a través de cualquier medio, para requerir el pago de una deuda derivada de actividades reguladas en leyes federales, incluyendo créditos o financiamientos”, señala un comunicado de la Cámara baja. Con esta reforma al Código Penal Federal, aprobada por 338 votos a favor y 18 en contra, se establece el delito de cobranza extrajudicial ilegal. Las sanciones podrán ser de uno a cuatro años de cárcel y multa de 50,000 a 300 mil pesos.
“Si como parte de la cobranza extrajudicial ilegal se utilizan documentos o sellos falsos, la pena y la sanción económica aumentarán una mitad”.
El dictamen difundido señala que no se considerará como intimidación ilícita informar de las consecuencias posibles y jurídicamente válidas del impago o la capacidad de iniciar acciones legales en contra del deudor, aval, obligado solidario o cualquier tercero relacionado a éstos cuando sea jurídicamente posible. El documento señala que muchas veces los despachos de cobranza incurren en medios ilícitos e ilegítimos como el engaño, la violencia, el hostigamiento y la intimidación para el cobro de saldos vencidos, lo que contraviene el artículo 17 de la Constitución, que establece que ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho. “Para que la protección constitucional surta efectos en los hechos, la cobranza extrajudicial ilegal debe ser considerada delito mediante la existencia de un tipo penal respecto del cual se aplique la sanción respectiva por tratarse de una conducta típica, antijurídica y punible”, concluye el texto.
El documento, enviado al Senado para su análisis y eventual ratificación, reforma el encabezado del Capítulo I del Título Decimoctavo y adiciona el artículo 284 Bis al Código Penal Federal.
Aída Zulema agrega que una vez que se han dado estas modificaciones a nivel federal se trabajará para aterrizarlas en Tamaulipas. (Benny Cruz Zapata)
Discussion about this post