Cd. de México.- La presidenta de la Comisión de Gobernación, senadora Cristina Díaz calificó como trascendente la aprobación del dictamen por el que se expide la Ley General para prevenir, investigar y sancionar la tortura, misma que se apega a los más altos estándares internacionales en materia de derechos humanos y tiene como objetivo primordial erradicar esa lamentable práctica en México.
Se trata de una ley de avanzada y progresista que no sólo busca castigar la tortura sino también incluye un enfoque particular para su prevención, subrayó la senadora por Nuevo León, quien destacó que en su construcción participaron senadores, organizaciones, expertos en la materia y representantes del gobierno federal.
Este ordenamiento tiene como objetivo establecer la distribución de competencias y la forma de coordinación entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno para prevenir, investigar, juzgar y sancionar el delito de tortura.
Además con el nuevo instrumento jurídico se sancionen acciones que podrían quedar fuera del tipo de tortura, con ello se asegura que quienes lo cometan sean castigados, siempre con el apoyo de Fiscalías especializadas, creadas para la investigación de estos delitos.
Al referirse en tribuna al dictamen, mismo que fue aprobado la madrugada de hoy con 90 votos a favor y 4 en contra, la senadora de destacó que con la nueva ley se crea y amplia el Mecanismo Nacional de Prevención, el cual contará con un Comité Técnico especializado que estará a cargo de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), y se integrará por el Presidente de la Comisión y por cinco expertos en la materia quienes deberán serán electos por el voto de las dos terceras partes de la Cámara Alta.
Luego de reconocer las valiosas aportaciones del relator Juan Méndez en los trabajos de las Comisiones Unidas de Derechos Humanos, Justicia y Gobernación, la senadora Cristina Díaz dijo la nueva ley dispone que las penas previstas para el delito de tortura aumentarán hasta en una mitad cuando la víctima sea niña, niño, adolescente, mujer gestante, persona con discapacidad, adultos mayores, migrantes, indígenas, periodistas, defensores de derechos humanos, o cuando sea motivado por su orientación sexual o identidad de género.
Se incluye, como manera de generar una protección adicional, el tipo penal de tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, acotó.
Con esto -añadió– se busca castigar acciones que podrían quedar fuera del tipo de tortura, con ello se asegura que quienes los cometan sean castigados.
La presidenta de la Comisión de Gobernación dijo que un tema de gran relevancia en el dictamen son las reglas de exclusión de pruebas obtenidas mediante tortura. Sin duda este capítulo segundo del título tercero de la Ley, ajusta la presente legislación con la jurisprudencia nacional e internacional en la materia y se ajusta a las reglas del nuevo sistema de justicia penal.
Precisó que ello no sólo inhibirá la utilización de estos métodos para conseguir pruebas sino garantizará el debido proceso legal en nuestro país.
La ley contempla que el delito de tortura se investigará y perseguirá de oficio, por denuncia o vista de autoridad judicial; además de que el ejercicio de la acción penal y la sanción que se imponga judicialmente para este ilícito son imprescriptibles.
También estipula que se impondrá una pena de 10 a 20 años de prisión, y de 500 a mil días multa, al funcionario que incurra en alguna de las conductas establecidas.
Cuando se trate de un particular, se le aplicará una pena de cuatro a doce años de prisión y de 300 a 600 días multa.
En caso que el sujeto activo tenga el carácter de servidor público, se le destituirá e inhabilitará para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión públicos hasta por el mismo lapso de la privación de la libertad impuesta.
Por otro lado, las autoridades de los tres órdenes de gobierno tendrán que implementarán un sistema homologado de revisión sistemática de las normas, procedimientos y protocolos relativos a la detención, interrogatorio o tratamiento de las personas sometidas a cualquier forma de privación de la libertad, y del uso legítimo de la fuerza, con el fin de prevenir la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
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